1.- Derecho Constitucional:
Es el
derecho por aplicación e inherente que el Estado otorga a cada ciudadano para
hacer valer las leyes que rigen y regulan a la sociedad.
2.- Derecho Constitucional:
Es la
prerrogativa o garantía que otorga al Estado, Institución, Órgano de Gobierno o
Estructura gubernamental para ejercer un poder comunal otorgado y validado por
la misma sociedad y recae sobre un ser constitucional.
3.- Derecho Constitucional:
Es el
proceso judicial, que rige y regula la norma ya establecida sobre las
situaciones de desapego a la ley, al mismo tiempo es la línea y el horizonte
del transitar legal.
Carla Huerta Ochoa, "Supuestos Constitucionales del Control"
Carla Huerta Ochoa, "Supuestos Constitucionales del Control"
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