lunes, 11 de agosto de 2025

LA EDUCACIÓN ES… ¿UN DERECHO DE PRIMERA NECESIDAD?


Estimado lector hablaremos de la filosofía de la educación partiremos con las preguntas, ¿La educación es derecho?, ¿un servicio o un producto?, Algo más difícil, ¿Los alumnos son usuarios del servicio educativo o son clientes?, pueden reflexionar antes de continuar la lectura y pensar en la respuesta, ahora bien, ser maestro implica servir, de manera romántica se le reconoce como el artesano que moldea las mentes y personalidades de las próximas mujeres y hombres de nuestro tiempo, el maestro es pues un predicador, un mesías, un amante del conocimiento, su sabiduría ilumina y lleva por caminos que para las mentes infantiles son desconocidas ya para fines metafísicos es potencializar a los limites inimaginados, en lo civil el logro de las facultades humanas, y en lo social integrar y multiplicar la humanidad del alumno a la sociedad misma. Eso sería un maestro, esa idea anticuada que prevaleció en el siglo XX, pero ahora resuena como exagerada y muy idealista. Existen muchas experiencias de éxito, muchas historias de redención, gratitud y agradecimiento, esas que alimentan el mito y multiplican esa imagen santuosa del maestro, personalmente a mí me gustan más las realista, aquella como la siguiente anécdota, una muy significativa sobre la educación, el alumno y el maestro la cual se suscita el 19 de noviembre de 1957, con el escritor Francés Louis Germain Albert Camus Premio Nobel de Literatura, quien después de ganar el premio envió una carta de agradecimiento a su maestro Louis Germain diciéndole:

“He recibido un honor demasiado grande, uno que no he buscado ni solicitado. Pero cuando supe la noticia, pensé en usted de inmediato. Sin usted, sin la mano afectuosa que tendió al niño pobre que yo era, sin su enseñanza y su ejemplo, nada de todo esto hubiera sucedido. No es que dé demasiada importancia a un honor de este tipo. Pero al menos me da la oportunidad de decirle lo que usted ha sido, y sigue siendo, para mí, y de asegurarle que sus esfuerzos, su trabajo y el corazón generoso que puso en su tarea aún viven en uno de sus pequeños escolares, que, a pesar de los años, no ha dejado de ser su alumno agradecido.”, me gusta porque es real, porque es tangible y todos tenemos uno o dos maestros que han dejado ese impacto en nosotros, el que, a pesar de él, con él o sin él se logra el aprendizaje y la motivación de seguir aprendiendo y entiéndase sin él, como algo positivo. Puesto que, si efectivamente el maestro es un ejemplo, es la imagen a emular y el ejemplo vivido de sabiduría, ya sea por preparación, por experiencia o por actitud por la vida y la condición humana, la cual sí, idealista de sobre manera lo necesario, bueno y lo correcto. Pero esto cómo influye en la percepción de la educación, cómo debe ser vista, cómo debe ser medida, es necesario quedarnos con la parte romántica y asumir ciegamente que la educación se otorga por onomancia y que por principio es buena, entonces para que preguntarnos si es un derecho o una obligación, pues bien primeramente se debe entender que toda reflexión parte de la idea que todo es perfectible, por lo que, uno de los errores de la educación del siglo XXI ha sido, empezar a ver a la educación como un producto de adquisición, un producto que debía ser un derecho, así como la vivienda, como la salud o como la seguridad, la educación se ha empezado a desvirtuar y perdiendo su esencia, a partir de estos momentos durante la lectura profundizaremos sobre el clientelismo o la indiferencia de catalogarla como servicio al usuario, porque sí ahora con el término acuñado al maestro como servidor público, ya se ha vuelto confuso que tipo de servicio brinda el docente, y empezaremos con una reflexión corta parafraseando a Paulo Freire “La educación no es una mercancía, el maestro no es un proveedor, y el alumno no es un cliente es un ser humano en formación”, se entiende netamente que la educación no puede y debe ser vista como negocio, producto o servicio, ya que si se tiene esa concepción de la educación, ella se convierte en un bien de consumo en lugar de un derecho humano, y el enfoque se caracterizaría en un agente económico y utilitario a diferencia de un agente público social y ético.

Una de las características de esta concepción capitalista fue la que ha permeado últimamente en la sociedad, tomando como visión que el maestro es un proveedor o prestador de servicios y el alumno es un cliente o un consumidor de la educación, esencialmente se fue abandonando la idea filosófica que dice que de la educación debe tener cimientos de formación, donde el alumno es sujeto de derechos y el maestro un garante de esos derechos. Para el filósofo Emmanuel Kant, “el ser humano debe ser tratado siempre como un fin en sí mismo, nunca como un medio” ya que si lo tratamos contrariamente nos recordaría Karl Marx que hemos convertido al alumno en un objeto más del mercado, perdiendo esencia al acto de humanidad “enseñar”, nuevamente con Paulo Freire, filósofo y pedagogo de cabecera de la Nueva Escuela Mexicana (NEM), menciona que “la educación es un acto de liberación, no de consumo” y por ello el Estado debe de otorgar educación, asumiendo tal vez inocentemente que el Estado quiere ciudadanos libres o que es un Estado bueno y no el leviatán de Thomas Hobbes, aunque cabe hacer un paréntesis aquí, el Estado (Leviatán) surge según Hobbes para evitar el caos natural del ser humano, quien en estado de naturaleza vive en una guerra de todos contra todos. Por lo que, el Estado es un “mal necesario” que se convierte en la única vía para garantizar la paz y el orden y este al final es bueno en tanto garantiza la seguridad, la paz y el progreso social. Reflexionemos ¿La República Mexicana es un Estado bueno?, la respuesta se deja de tarea, y continuamos con el tema educativo Hobbes considera que la Educación debe ser controlada por el Estado, ya que el conocimiento sin control (particulares) puede ser peligrosa, “la educación debe formar ciudadanos obedientes, racionales y leales al soberano”. Reflexionamos ¿Hacia dónde irá la NEM?, bueno la respuesta también de tarea, y continuamos sobre las diferencias entre usuario, cliente y sujeto de derecho, empecemos con el concepto usuario, cuando el alumno es visto de esta manera la relación con las instituciones educativas será considerado como un elemento que accede a un servicio, en cambio si el concepto cambia y se convierte en cliente el no solo accede a comprar un bien o servicio (la educación), también tiene el derecho de reclamar la calidad del servicio, es decir, usuario recibe, cliente exige, pero aún más importante se enfoca en el tema educativo, no en el tema de aprendizaje, que aunque de manera intrínseca está íntimamente relacionada, en estas dos concepciones usuario y cliente, el aprendizaje no es el fin último de la educación.

Sin embargo, si se retoma el estatus de ser un sujeto de derecho, el alumno recibe garantías del Estado para recibir educación, una de las garantías es buscar la manera de lograr el aprendizaje, ya que al anteponer el concepto de sujeto antes de usuario y cliente, se busca el fin último como primer objetivo y prioridad, el aprendizaje.

Y recordamos nuevamente la carta de Albert Camus, el cual indica que el logro individualizado es producto de una colectividad, donde la excelencia (el nobel), nace desde las primeras letras erradas y perfectibles, proceso que dura años, décadas de perfeccionamiento y aprendizaje, desaprendizaje (corrección y modificación) contante, es decir, el fin último de la educación aprender siempre. 

Vamos de nuevo para reforzar la idea, “usuario” refleja en el alumno un nivel de participación pasivo/reactivo (crítica), como “cliente” el alumno se convierte en consumidor/exige, pero como “sujeto de derecho” es participativo/construye su propia formación. Resumiendo, el enfoque ético de la educación para las tres situaciones es de pasivo igual a funcional, consumidor igual a transaccional y constructivo igual a humanista y crítico.

En datos de Instituto Nacional de Estadística Geografía (INEGI) y la Secretaria de Educación Pública (SEP), en el Sistema Educativo Nacional (SEN), se encontraban inscritos a 33, 062, 447 de alumnos en todos los niveles, el nivel con mayor cantidad de alumnos es Educación Primaria con 13, 154, 354 alumnos, el nivel con menor número de inscritos es Educación Inicial de 40 días a 3 años de edad con 225, 404 niños, pero el nivel subsecuente de cantidad matriculada es la educación superior, es decir, 4, 051, 691, alumnos de licenciaturas, ingenierías, especialidades y posgrados datos del ciclo escolar 2023/2024, todos se encuentran respaldados como “sujetos de derecho” bajo el amparo de las leyes nuestro país, aquí algunas en orden de importancia. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) Artículo 3° Constitucional el cual, reconoce la educación como derecho humano, la Ley General de Educación (LGE) la cual regula el SEN, definiendo roles de la SEP, estados, docentes, escuelas. Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes (LGDNNA), dictamina a los alumnos menores de edad como titulares plenos de derechos, Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, indica el derecho de estudiantes con discapacidad a una educación inclusiva y accesible y a la Ley de Educación Superior, la cual reconoce la gratuidad y regula a las universidades públicas y privadas. Todas derivan del Artículo 3° y lo desarrollan según nivel educativo y actor participante (maestros, instituciones, familias). Todas refuerzan el principio de que la educación es un derecho, no un producto, para su desarrollo se despliega un conjunto de responsabilidades el cual delimitan las obligaciones del Estado y la cooperación de la sociedad para garantizar ese derecho.

En el ámbito internacional se recupera lo siguiente, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC), en su artículo 13°, la educación es un derecho humano intrínseco y se describe como "un medio indispensable para realizar otros derechos humanos", incluyendo el pleno desarrollo personal y participación social, es decir, el derecho a la educación es un derecho detonante de hacer valer otros derechos. Asimismo en la Declaración Universal de los Derechos Humanos en su artículo 26, se define a la educación como un deber para promover “el pleno desarrollo de la personalidad humana y el respeto a los derechos humanos y libertades fundamentales”, recalcando que la educación es un punto neurálgico para el desarrollo de ser humano, ya en temas teóricos los estudios académicos como los de Toledano Morales (2009) sostienen que la educación es un derecho habilitante, es decir, clave para ejercer otros derechos y garantizar dignidad humana. En políticas públicas se concluye entonces que desde la perspectiva jurídica como filosófica y social, la educación no puede verse simplemente como un derecho más, sino como un derecho de “primera necesidad”, ya que es esencial para la dignidad humana, para el desarrollo de habilidades críticas y para la participación plena en sociedad, además de ser un medio para acceder a mejores condiciones de vida y otros derechos fundamentales

 

Dr. Alan Eliseo Salmerón Nieves

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