las finalidades se concretan en la visión y las metas, apoyada por los
objetivos y propósitos de cada acción educativa.
Las finalidades[1]
se suelen confundir con los principios filosóficos, sin embargo, éstas ayudan
al proceso de enseñanza aprendizaje, coadyuvando al fondo de las mismas las
cual se pueden enumerar de manera pedagógica:
1.- Es una finalidad de la educación desarrollar las habilidades
intelectuales de los individuos. Saber Conocer[2].
2.- Potencializar las facultades humanas de conocimiento, procedimientos y
actitudes del aprendizaje por medio de la escolaridad.
3.- Apoyar al desarrollo autónomo de los educandos, lo que se denomina como
aprender a aprender.
Observando desde un punto de
vista más operativo y reglamentado se ostentan los tres perfiles de educación
básica los cuales se concentran en la terminación de cada nivel básico.
De manera más sencilla podemos
decir para no confundir finalidades y principios que las finalidades se
concentran en las didácticas (planes, objetivos, propósitos, aprendizajes,
evaluaciones).
Y los principios en las
filosofías (equidad, igualdad, derechos, oportunidad, apertura, cobertura etc.)
Los principios filosóficos y
legales son los encontrados en la carta magna artículo tercero constitucional, el
cual indican:
·
Todo individuo tiene derecho a
recibir educación[3]. el
estado impartirá educación preescolar, primaria, secundaria y media
· La educación que imparta el estado tendera a desarrollar armónicamente,
todas las facultades del ser humano y fomentara en él, a la vez, el amor a la
patria, el respeto a los derechos humanos y la conciencia de la solidaridad
internacional, en la independencia y en la justicia.
·
El estado garantizara la calidad
en la educación obligatoria de manera que los materiales y métodos educativos,
la organización escolar, la infraestructura educativa y la idoneidad de los
docentes y los directivos garanticen el máximo logro de aprendizaje de los
educandos.
·
Se garantizada por el articulo 24
la libertad de creencias, dicha educación será laica y, por tanto, se mantendrá
por completo ajena a cualquier doctrina religiosa;
·
Será democrática, considerando a
la democracia no solamente como una estructura jurídica y un régimen político,
sino como un sistema de vida fundado en el constante mejoramiento económico,
social y cultural del pueblo;
· Contribuirá a la mejor convivencia humana, a fin de fortalecer el aprecio y
respeto por la diversidad cultural, la dignidad de la persona, la integridad de
la familia, la convicción del interés general de la sociedad, los ideales de
fraternidad e igualdad de derechos de todos, evitando los privilegios de razas,
de religión, de grupos, de sexos o de individuos
· Sera de calidad, con base en el mejoramiento constante y el máximo logro
académico de los educandos;
Al apoyo de estos están los
siguientes documentos que especifican los modos de operación y orientan a
manera de guía este desenvolvimiento:
a)
Ley General de Educación.
b)
Planes y Programas de Estudio por
nivel y asignatura.
c)
Acuerdos Jurídicos[4]
(592, 444, 648 etc.)
d)
Acuerdos Sindicales
(modernización de la educación, descentralización educativa, SINADEP[5],
etc.)
[1] http://www.sev.gob.mx/educacion-secundaria/2011/11/16/finalidades-de-la-educacion-basica-2/
[2] https://www.uv.mx/dgdaie/files/2012/11/CPP-DC-Delors-Los-cuatro-pilares.pdf
[3] http://www.ordenjuridico.gob.mx/Constitucion/articulos/3.pdf
[4] http://www.sep.gob.mx/es/sep1/Del_401_al_450?page=4#.WdfF5lvWw4g
[5] http://www.sinadep.org.mx/
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